Información Útil

Es una categoría que nos permite comprender las relaciones entre mujeres y varones garantizando así la igualdad y la no discriminación.

Según la Ley 26485 “se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.

Física – Psicológica – Sexual – Económica y patrimonial – Simbólica.

Doméstica – Institucional – laboral – Contra la libertad reproductiva – Obstétrica – Mediática.

Ante todo escuchar y brindar ayuda. La contención hacia la persona en situación de violencia es primordial. Podés denunciar una situación de violencia por motivos de género que haya sucedido tanto en el ámbito público como privado. A la denuncia la podés realizar sola o acompañada; se puede realizar de manera anónima. Se aconseja siempre tener a mano el DN.I. para acreditar la identidad.

La persona en situación de violencia y otras personas (terceros/as), sean familiares o no. También las y los funcionarios públicos que estando en función tengan conocimiento de hechos de violencia. (personal médico, docentes, directivos, etc.)

En Unidades Judiciales

En Comisarías

Subsecretaría de la Mujeres

Polo Integral de la Mujer

En esta web podés encontrar todos los números telefónicos.

Asistencia

Asesoramiento legal, psicológico y social

Trato digno

Protección

Acceso gratuito a la justicia

Tenemos derecho a estar acompañadas por una persona de nuestra confianza. Como así también solicitar medidas tales como exclusión del hogar, prohibición de contacto y/o acercamiento, devolución de objetos, ayudas económicas, entre otros.